martes, 10 de mayo de 2016

TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE

         Tratado de Libre Comercio                   de  América del Norte


Es un tratado internacional de amplio alcance que establece las reglas para el comercio y la inversión entre Canadá, Estados Unidos y México. El Tratado contiene ocho secciones y 22 capítulos, dentro de los cuales destacan las siguientes disposiciones:

Acceso a mercado de bienes

  • Eliminación arancelaria de miles de bienes que cruzan las fronteras en América del Norte.
  • Reducciones arancelarias escalonadas – ya terminadas – y reglas especiales para productos de los sectores agropecuario, automotriz y bienes textiles y del vestido.
  • Derechos importantes para los proveedores y usuarios de servicios del TLCAN en un amplio espectro de sectores.
  • Compromisos especiales relativos a las telecomunicaciones y los servicios financieros.
  • Procesos formales de solución de controversias que ayudan a resolver las diferencias que surgen entre los países miembros del Tratado sobre la interpretación o aplicación de las reglas del mismo.

Protección a la inversión extranjera

  • Compromiso recíproco de tratar a los inversionistas y a sus inversiones en el territorio del país receptor de forma no menos favorable en relación al trato que otorga a sus propios inversionistas.
  • Compromiso de brindar a los inversionistas del TLCAN el mejor trato proporcionado a los inversionistas de países fuera de la región de América del Norte.
  • Un mecanismo de solución de controversias transparente y vinculante concebido especialmente para abordar la inversión.

Protección a la propiedad intelectual

  • Protección adecuada y efectiva, así como la aplicación rigurosa de una amplia gama de derechos de propiedad intelectual, (incluidos los obtenidos mediante patentes, marcas, derechos de autor y diseños industriales), asegurando que las medidas que garantizan estos derechos no se conviertan en barreras para el comercio legítimo.

Facilitación de acceso para visitantes de negocios

  • Facilitación de acceso para personas de negocios en cientos de profesiones para que puedan viajar por toda la región por asuntos de negocios.

Acceso a compras del sector público

  • Acceso a oportunidades de compras del sector público a nivel federal en Canadá, México y Estados Unidos.

Reglas de origen

  • Las reglas de origen se emplean para determinar si un bien cumple los requisitos necesarios para recibir trato preferencial en virtud de las disposiciones del TLCAN.
  • Desde que el TLCAN entró en vigor, los países miembros han trabajado en la liberalización y/o ampliación de la lista de productos admisibles para recibir trato preferencial. Por ejemplo, desde 2005, los miembros del TLCAN han implementado dos series de cambios para otorgar el trato libre de aranceles a un mayor número de productos de acuerdo a lo previsto por el TLCAN.

Acuerdos paralelos

Los países miembros del TLCAN negociaron también dos acuerdos paralelos: el Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN) y el Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN).

Compromiso con el medio ambiente

Los países socios del TLCAN firmaron un acuerdo paralelo para abordar temas ambientales, el Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN). A través del ACAAN, Estados Unidos, Canadá y México se comprometieron a adoptar ciertas medidas para la protección del medio ambiente, incluyendo la obligación de cada uno de observar de manera efectiva el cumplimiento de sus leyes ambientales.




Los objetivos del tratado son:
(a) Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación trilateral de bienes y de servicios entre los territorios de las partes.
(b) Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio.
(c) Aumentar sustancialmente las actividades de inversión en los territorios de las Parte.
(d) Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en territorio de cada una de las partes.
(e) Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.
(f) Establecer lineamientos para la ulterior cooperación trilateral, regional y multilateral encaminada a ampliar y mejorar los beneficios de este tratado.